Las bases que regulan la concesión de las ayudas del Programa Kit Digital para impulsar la digitalización de pymes y autónomos en España ya son públicas. La orden que establece el marco para el lanzamiento de las convocatorias ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado y ya está en vigor.
Las ayudas que se otorgan a las empresas van en función del número de empleados. Así podrán acceder a ayudas de 12.000 euros, en el caso de tener entre 10 y 50 empleados; 6.000 euros, para aquellas de entre 9 y 3 empleados; y 2.000 euros, para las de menos de 3 y ningún empleado.
También señala las condiciones que han de cumplir las empresas para solicitar estas ayudas. En particular, además de cumplir con la normativa de la Ley General de Subvenciones, las compañías y autónomos deberán disponer de la evaluación de Madurez Digital, conforme al test de diagnóstico que pone a disposición la plataforma Acelera pyme.
Presupuesto
El programa Kit Digital cuenta con un presupuesto total de 3.067 millones de euros para el periodo 2021-2023, para facilitar que pymes y autónomos adopten soluciones de digitalización en diversos ámbitos, como la presencia en Internet, el comercio electrónico, la gestión de redes sociales, la digitalización de las relaciones con los clientes, el business intelligence y analítica, la implantación de la factura electrónica, los servicios y herramientas de oficina virtual, las comunicaciones seguras y la ciberseguridad.
La primera convocatoria de ayudas se destinará a pymes de entre 10 y 49 empleados y contará con un presupuesto de 500 millones de euros. Las soluciones sobre estas convocatorias serán ofrecidas por entidades adheridas al programa, que se convertirán en lo que se ha denominado agentes digitalizadores. Colaborarán, una vez se hayan inscrito en la sede electrónica de Red.es, entidad adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en tareas de solicitud y serán los que presenten toda la documentación justificativa. Los aspirantes dispondrán de hasta tres meses para presentar la solicitud desde que se publique la convocatoria.
Fuente: La Voz de Galicia